Rehkatsch Abogados | Colonia y Berlín

Derecho laboral para el sector creativo y de los medios de comunicación

Producción cinematográfica, música, moda, deporte, influencers, startups y comercio electrónico: conocemos tu sector y los contratos que realmente se utilizan en él.

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Despacho boutique · Especializado

Quienes se dedican a trabajos creativos gozan de una normativa laboral especial

En las empresas creativas, deportivas y digitales, el derecho laboral rara vez es algo estándar. Está entrelazado con el trabajo por proyectos, con la pregunta constante de «¿colaborador autónomo o empleado?» y con la cuestión de a quién pertenecen realmente, al final, los resultados creativos. Precisamente este entramado es nuestro terreno de actuación, desde hace más de dos décadas.

Como bufete especializado, no asesoramos a todo el mundo sobre cualquier tema, sino que nos centramos en un ámbito claramente definido y con gran profundidad: producciones cinematográficas y sus distintos oficios, sellos discográficos, empresas de moda, fotógrafos y fotógrafas, clubes deportivos, gestión de influencers, startups y marcas de comercio electrónico. Si procedes de alguno de estos sectores, no tienes que explicarnos nada: redactamos contratos y resolvemos conflictos que se ajustan a tu realidad, no a una plantilla estándar.

La diferencia está en los detalles. Un bufete generalista especializado en derecho laboral ve un contrato de trabajo. Nosotros vemos que detrás de un «cámara para tres días de rodaje» hay un contrato de duración determinada vinculado a un proyecto, que requiere una justificación objetiva; que detrás de la diseñadora contratada se esconde la cuestión de si los derechos de uso de sus diseños pertenecen claramente a la empresa; y que, en realidad, detrás del editor de redes sociales «autónomo» de un creador puede esconderse una relación laboral sujeta a instrucciones. No conocemos estas interrelaciones por los libros de texto, sino por la práctica diaria.

Dos preguntas que se plantean una y otra vez en cualquier sector creativo

Ya sea en un plató, en un estudio, en un sello discográfico o en una startup, hay dos temas que surgen una y otra vez entre nuestros clientes y que constituyen el núcleo de nuestro trabajo.

¿Colaboración como autónomo o contrato de trabajo?

El error de valoración más costoso del sector creativo: quien está sujeto a instrucciones y integrado en la empresa es un trabajador por cuenta ajena,
aunque en el contrato figure como «colaborador autónomo».
Lo que importa no es el título, sino la realidad de la situación.

Si se clasifica erróneamente la situación laboral, se corre el riesgo de que se inicien procedimientos de determinación de la situación laboral, de tener que pagar cotizaciones a la Seguridad Social con carácter retroactivo y, en casos graves, de incurrir en riesgos penales según el artículo 266a del Código Penal alemán (StGB). Analizamos tu situación de antemano y te representamos si la Seguridad Social alemana o un supuesto colaborador autónomo cuestionan tu situación laboral.

¿A quién pertenece la obra creativa? (art. 43 de la Ley de Propiedad Intelectual)

Los diseñadores, diseñadores gráficos, editores o productores crean, en el marco de una relación laboral, obras protegidas por los derechos de autor. Los derechos de autor en sí mismos pertenecen al creador; por eso es fundamental que se concedan de forma efectiva a la empresa los derechos de uso necesarios.

Esto puede resultar costoso, a más tardar, cuando se conceda una licencia, se evalúe a un inversor o se vaya a vender la empresa. En este ámbito, combinamos el Derecho laboral y el Derecho de autor en una sola mano, una intersección que muy pocos bufetes dominan. Para nosotros es algo cotidiano, ya que procedemos del ámbito del Derecho de marcas, de autor y de los medios de comunicación.

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Para quién trabajamos

Tu sector, tu legislación laboral

Desde la producción inicial hasta la agencia creativa internacional: cubrimos estos ámbitos con una auténtica especialización.

Nuestra especialidad desde hace más de 20 años

Producción cinematográfica y televisiva

Cada producción es un empleador temporal. En cuanto comienzan los rodajes, se crean docenas de contratos de trabajo de duración determinada, y cada contrato de este tipo debe tener una justificación objetiva válida; de lo contrario, se generaría involuntariamente una relación laboral indefinida. Redactamos los contratos de todos los profesionales del sector de tal forma que funcionen en el plató y sean válidos ante los tribunales.

  • Contratos de dirección y de actores
  • Contratos de director de fotografía (DoP) y de maquillador
  • Dirección de producción y de rodaje
  • Contratos temporales por proyecto y por necesidad transitoria
  • Cesión de derechos sobre el material rodado

Sector

Música y sellos discográficos

El sello discográfico como empresa entre A&R, marketing y producción. Nos ocupamos tanto de las contrataciones como de los casos delicados, sobre todo de los despidos, en los que a menudo la mera prueba de la recepción del escrito ya se convierte en objeto de controversia. A esto se suma la cuestión de qué derechos se generan sobre las grabaciones que crea un productor contratado en el marco de su trabajo.

  • Contratos de trabajo para los equipos de los sellos discográficos
  • Despido y protección contra el despido, prueba fehaciente de recepción
  • Productor asalariado frente a productor autónomo


Interfaz de derechos de autor

Moda y diseño

Cuando se recurre a la creatividad, hay que tener en cuenta los derechos de autor. Los diseñadores, los diseñadores gráficos y los patronistas crean obras susceptibles de protección; sin una normativa clara sobre la concesión de los derechos de uso conforme al artículo 43 de la Ley de Propiedad Intelectual (UrhG), la marca no podrá explotar posteriormente sus propias colecciones sin restricciones. Combinamos el contrato de trabajo con la protección de tu propiedad intelectual.

  • Contratos de trabajo con regulación de los derechos de uso
  • Garantía de los derechos sobre la producción creativa
  • Creativos autónomos frente a creativos por cuenta ajena

Sector

Fotografía

Una situación poco común, pero típica: los fotógrafos y fotógrafas contratan a asistentes. Para que todo se desarrolle con total seguridad jurídica, es necesario contar con el contrato adecuado —a menudo, un «minijob» bien redactado, con la alta correspondiente, el salario mínimo y el registro de las horas trabajadas—.
Te explicamos exactamente qué modalidad se adapta mejor a tu proyecto.

  • Cómo formalizar correctamente un «minijob» y un empleo de poca cuantía
  • Obligaciones relativas al salario mínimo y al registro de horas
  • Diferencias entre asistente, becario y autónomo

mercado en expansión

Economía de los influencers y los creadores

Los asistentes personales, editores o gestores del equipo de creadores suelen estar sujetos a instrucciones —y, por lo tanto, son trabajadores por cuenta ajena, aunque figuren como «autónomos». En un mercado que crece más rápido que sus contratos, aportamos estructura antes de que la Seguridad Social o un empleado que abandona la empresa plantee preguntas.

  • Identificar la obligación de contratación y aplicarla correctamente
  • Evitar el falso autónomo en el equipo de creadores
  • Asegurar los derechos sobre el contenido producido

Competencia especializada propia

Deporte y fútbol

Los contratos de trabajo en el deporte profesional y semiprofesional se rigen por sus propias normas, desde la duración determinada —que en el ámbito deportivo requiere una justificación especial— hasta las cláusulas de penalización.
Asesoramos a clubes, jugadores y entrenadores, teniendo en cuenta el derecho deportivo en su conjunto.

  • Contratos de jugadores y entrenadores
  • Contratos de duración determinada en el deporte (jurisprudencia específica)
  • Sanciones contractuales y situaciones de traspaso

Sector

Marcas de comercio electrónico

La marca D2C en expansión como empresa: desde los primeros éxitos hasta una estructura consolidada. Ofrecemos un asesoramiento pragmático, teniendo en cuenta el ritmo y la estacionalidad del negocio, para que el rápido crecimiento no se convierta en un lastre en materia de derecho laboral. Muchos de nuestros clientes del sector del comercio electrónico ya nos conocen por nuestro trabajo en derecho de marcas.

  • Elaboración de normas contractuales claras
  • Personal de almacén, de logística y temporal
  • Contratos de teletrabajo/a distancia, reducción de plantilla

Sector

Startups

Del equipo fundador a la empresa. Sustituimos el caos de plantillas de los primeros meses por contratos sólidos y tenemos en cuenta desde el principio la participación de los empleados y las contrataciones internacionales. Así es como se crea un equipo capaz de superar incluso un proceso de due diligence.

  • Primeros contratos de trabajo y período de prueba
  • Participación de los empleados (VSOP/ESOP)
  • Equipos formados principalmente por autónomos sin que se dé una situación de falso autónomo

También a nivel internacional

Las agencias creativas y las productoras llevan mucho tiempo trabajando más allá de las fronteras. Ya hemos asesorado a agencias creativas en sus actividades internacionales, desde el desplazamiento de personal y la asignación transfronteriza de personal hasta las cuestiones de derecho laboral relacionadas con una expansión. A través de nuestros bufetes asociados en Suiza y Estados Unidos, también podemos ofrecer nuestros servicios más allá de la frontera alemana.

¿Por qué un bufete boutique?

Lo que nos diferencia de un bufete cualquiera

Muchos conocen el Derecho laboral. Pero son pocos los que conocen el Derecho laboral específico de tu sector, junto con el Derecho de la propiedad intelectual y de los medios de comunicación.

Conocimiento profundo del sector en lugar de teoría de manual

Conocemos los contratos, los oficios y los procesos del sector creativo gracias a más de dos décadas de experiencia práctica. No hace falta que nos expliques en qué consiste la dirección de producción ni cómo trabaja un equipo de creadores: nos centramos precisamente en los riesgos propios de tu sector.

Derecho laboral y de la propiedad intelectual, todo en un solo lugar

La ventaja decisiva: abordamos de forma conjunta el contrato de trabajo y los derechos sobre la obra creativa. Mientras que otros necesitan dos bufetes, con nosotros obtienes una solución única, perfectamente integrada con nuestro derecho de marcas, derechos de autor y derecho de los medios de comunicación.

Claridad y rapidez

Las productoras y las startups no tienen tiempo para informes de varias páginas que no aportan ningún resultado. Te decimos claramente qué hay que hacer y te proporcionamos contratos que funcionan hoy mismo, no solo tras la tercera reunión de coordinación.

Personalizado y fiable

Contas con personas de contacto fijas que conocen tus casos y tu sector. Sin cambios de responsable, sin pasar el caso de uno a otro, sino un asesoramiento de igual a igual, desde los primeros contratos hasta el procedimiento ante el tribunal laboral.

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Patrick Rehkatsch

Abogado · Titular del bufete Rehkatsch Rechtsanwälte, Colonia y Berlín

Llevamos más de 20 años especializados en derecho laboral del sector creativo y de los medios de comunicación. Nuestra especialización surgió de la práctica: las productoras cinematográficas deben contratar a sus equipos, y ahí es precisamente donde entra en juego el derecho laboral. A partir de esta experiencia, hoy asesoramos a productoras, discográficas, empresas de moda, clubes deportivos, fotógrafos, creadores y startups. Gracias a la estrecha integración con nuestras áreas de derecho de marcas, derechos de autor y derecho de los medios de comunicación, también abordamos aquellas cuestiones que se sitúan precisamente en la frontera entre estas disciplinas jurídicas —precisamente donde las empresas creativas suelen incurrir en mayores gastos—.

Preguntas frecuentes

Lo que suelen preguntarnos los clientes del sector creativo

Lo decisivo no es la denominación que figure en el contrato, sino la ejecución efectiva del trabajo. Quien esté sujeto a instrucciones sobre el horario, el lugar y el contenido del trabajo, esté integrado en procesos fijos y no asuma ningún riesgo empresarial propio, suele considerarse trabajador por cuenta ajena, con todas las consecuencias que ello conlleva en materia de Seguridad Social y protección frente al despido. En el mundo del cine, la fotografía y los creadores, esta línea divisoria se traspasa con especial facilidad. Analizamos tu situación concreta antes de que lo haga nadie más.

No: los derechos de autor en sí mismos no son transferibles y siguen perteneciendo al creador. Lo que necesitas como empresario es que se te concedan de forma efectiva los derechos de uso necesarios. El artículo 43 de la Ley de Propiedad Intelectual (UrhG) te ayuda en este sentido, pero no sustituye de forma fiable a una cláusula contractual expresa. Precisamente en los sectores de la moda, el diseño y la producción, recomendamos incluir cláusulas claras para que puedas utilizar tus propios contenidos sin restricciones más adelante.

Los contratos de duración determinada vinculados a un proyecto son habituales en el sector cinematográfico, pero deben tener una justificación objetiva sólida, como, por ejemplo, la necesidad meramente temporal para una producción concreta. Si esto no se documenta adecuadamente o si se encadenan varios contratos de duración determinada, puede surgir involuntariamente una relación laboral indefinida. Redactamos tus contratos de tal forma que la duración determinada sea válida.

Según la jurisprudencia actual del Tribunal Federal de Trabajo, el correo certificado con acuse de recibo ya no se considera una prueba fiable de entrega. Quien desee entregar de forma segura una carta de despido o una invitación importante, debería optar por la entrega en mano en presencia de testigos o mediante un mensajero. En nuestro artículo de la revista explicamos detalladamente lo que esto significa para tu consulta, y estaremos encantados de asesorarte concretamente sobre tu caso.

Eso depende de tu caso. En el primer contacto, aclaramos primero, sin coste alguno, de qué se trata y si somos el bufete adecuado para ti. Para el asesoramiento propiamente dicho, acordamos condiciones transparentes y previsibles; en caso de un acompañamiento continuado, también mediante un acuerdo fijo. Sabrás de antemano a qué atenerte.

No necesariamente. Quien realmente utilice a otras personas como si fueran sus propios trabajadores y les dé instrucciones puede acabar asumiendo el papel de empresario, incluso si formalmente interviene un tercero como intermediario —lo que se conoce como «cesión encubierta de trabajadores». Precisamente en el caso de las tripulaciones que cambian con frecuencia, merece la pena examinar detenidamente las cadenas contractuales antes de que ello dé lugar a responsabilidades.

Sí. Desde nuestras oficinas de Colonia y Berlín ofrecemos asesoramiento en todo el territorio federal; de hecho, gran parte de los casos se gestionan de forma digital. Para producciones y agencias con alcance internacional, colaboramos con bufetes asociados en Suiza y Estados Unidos.

Más información sobre el derecho laboral:

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