Tu abogado especializado en la obligación de etiquetado de la IA
A partir del 2 de agosto de 2026 entrarán en vigor las obligaciones de transparencia del Reglamento sobre IA. Quien publique contenidos generados por IA deberá identificarlos. Te explicamos qué te afecta a ti, ya seas una empresa, un creador de contenidos o una agencia.
FUNDAMENTOS
Obligación de etiquetado de la IA: lo que entrará en vigor a partir del 2 de agosto
El Reglamento sobre IA es la primera ley del mundo en materia de inteligencia artificial. Regula cómo las empresas pueden desarrollar la IA y cómo los usuarios pueden utilizarla, en función del nivel de riesgo de cada aplicación. Está en vigor desde 2024, aunque las distintas obligaciones se van aplicando de forma gradual.
La próxima fecha clave
¿Utilizas la IA y publicas contenido generado por IA? En ese caso, a partir de esta fecha deberás indicarlo. Lo que entra exactamente dentro de esta obligación depende del contenido; te lo explicamos a continuación.
de 2026
El Reglamento sobre IA en 60 segundos
Patrick Rehkatsch explica en qué consiste el Reglamento sobre IA, por qué se clasifica según el riesgo y por qué el 2 de agosto podría ser una fecha clave para ti.
El primer riesgo no es la multa, sino la advertencia.
Por todas partes se lee sobre multas millonarias. Sin embargo, para la mayoría de las empresas ese no es el principal riesgo. La medida más peligrosa en la práctica es la advertencia. Es probable que las obligaciones de etiquetado del artículo 50 se consideren normas de conducta en el mercado. Esto significa que un competidor o una asociación puede enviar una advertencia por falta de etiquetado de IA en virtud de la legislación sobre competencia, desde el primer día, sin que ninguna autoridad tenga que intervenir.
Patrick Rehkatsch explica en qué consiste el Reglamento sobre IA, por qué se clasifica según el riesgo y por qué el 2 de agosto podría ser una fecha clave para ti.
El vídeo se publicará más adelante
Una advertencia en lugar de una multa: el riesgo real
Por qué una advertencia de la competencia es, en la práctica, más peligrosa que una sanción grave impuesta por las autoridades, y qué puedes hacer al respecto.
Actúa ahora
Obligación de etiquetado de la IA: ¿estás preparado?
Quienes publiquen contenidos generados por IA deberán identificarlos a partir del 2 de agosto; de lo contrario, se exponen a recibir advertencias. En nuestra serie sobre la Ley de IA te explicamos qué normas te afectan ahora.
Artículo 50 del Reglamento sobre IA
¿Proveedor u operador? ¿Quién eres?
Hay un término que está generando cierta confusión: el «operador». El artículo 50 de la Ley AI distribuye las obligaciones de transparencia entre dos figuras: algunas obligaciones recaen sobre el proveedor, mientras que otras recaen sobre el operador. Por ello, la norma no solo afecta a OpenAI y Google, sino también a un gran número de empresas, comerciantes y creadores de contenidos.
Proveedor
Desarrolla el sistema de IA o lo comercializa. El caso más habitual: los grandes proveedores de IA, pero también empresas que lanzan al mercado su propia herramienta.
Operador (Deployer)
Utiliza el sistema de IA con fines profesionales. Si una empresa utiliza la IA para publicaciones en redes sociales o publicidad, o si un influencer utiliza la IA para vídeos, se les considera operadores a efectos de la normativa.
Tu equipo para cualquier consulta sobre la obligación de etiquetado de la IA
La abogada
Juliette Sarvan de Castro
Abogado
Patrick Rehkatsch
«Con experiencia. Estratégicos. Decididos.
Resolvemos vuestros retos jurídicos».
INFORMACIÓN LEGAL
Los tres iconos oficiales de la UE para contenidos sobre IA
Hay tres iconos oficiales con los que puedes identificar el contenido generado por IA. La pregunta clave es siempre la misma: ¿ha intervenido la IA?, ¿lo ha creado todo ella?, ¿o ha modificado algo ya existente?

1. Básico
Se ha utilizado la IA en la creación, pero no todo procede de la IA. Ejemplo: un vídeo en el que solo la voz se ha creado con IA.

2. Generado íntegramente por IA
Todo el contenido procede de la IA; nadie ha colaborado en su creación. Ejemplo: una imagen, un vídeo o un texto generados íntegramente por la IA.

3. Procesado con IA
Se ha modificado algo real mediante IA: una foto o un vídeo reales. Ejemplo: un rostro sustituido o una habitación decorada digitalmente.
Los «deepfakes» y las personas reales
Un «deepfake» no es simplemente una imagen o un vídeo generado por IA. Un «deepfake» siempre muestra a una persona real o un suceso real, solo que falsificado, y tan bien hecho que apenas se nota. Quien publique algo así debe indicarlo claramente.
Intercambio de caras y avatares con IA
Si incluyes un rostro ajeno en tu vídeo o le pones palabras en la boca a alguien, se trata de un «deepfake». Un avatar claramente ficticio no plantea ningún problema; sin embargo, si reproduce a una persona real de forma tan realista que resulta engañoso, es obligatorio indicarlo.
Voces clonadas
Si clonas la voz de una persona real, eso se considera rápidamente un «deepfake» de audio. En el caso del audio puro, la advertencia debe pronunciarse —de forma breve y comprensible— justo al principio. Si se añade una pantalla, es necesario incluir además una advertencia visible.
Fondos generados por IA y pantalla verde
Un fondo que se nota que es artificial no supone ningún problema. Sin embargo, un fondo fotorrealista creado con IA, que parezca un lugar real y dé la impresión de que la fotografía se tomó allí, puede convertirse en un deepfake.
La regla general
¿Se nota a simple vista que la escena es un montaje? Si es así, no hay problema. ¿Podría confundirse con una escena real? En ese caso, hay que indicarlo. Cuanto mayor sea el riesgo de confusión, más clara debe ser la indicación.
Cuatro vídeos breves sobre el tema de los deepfakes
El vídeo se publicará más adelante
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¿Tratamiento o obligación de identificación?
Aplicar un filtro de belleza, suavizar la piel… ¿eso ya es un deepfake? En la mayoría de los casos, no. Un filtro normal o un montaje con IA —subtítulos, reducción de ruido, corrección de color, estabilización— se considera un procesamiento habitual y no da lugar a la obligación de etiquetarlo.
¿Y qué hay de los textos generados por IA?
Un texto escrito con ChatGPT no tiene por qué llevar automáticamente una indicación de que ha sido generado por IA. Esto afecta sobre todo a los textos publicados que informan al público sobre temas de interés general —más bien una publicación de noticias automatizada que tu correo interno—. E incluso en ese caso hay una excepción: cuando una persona ha revisado el texto desde el punto de vista técnico y una persona concreta asume la responsabilidad editorial.
¿Quién es responsable en la empresa?
Un empleado publica un texto generado por IA sin revisar en la cuenta de la empresa: ¿quién es responsable? El responsable es quien utiliza la IA con fines profesionales y publica el contenido: la empresa. Si no existe una norma clara sobre quién revisa y quién se hace responsable, la empresa puede incurrir además en una falta organizativa. Una breve directriz interna sobre la IA permite evitarlo.
Cuatro vídeos sobre la delimitación
El vídeo se publicará más adelante
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Etiquetar correctamente: dónde y cómo
¿Basta con indicar «creado con IA» al final de la leyenda? A menudo, no. La indicación debe aparecer desde el primer contacto, no solo en los créditos finales ni oculta en la leyenda de la imagen, que muchos ni siquiera abren.
Justo en la imagen
Lo más seguro es colocar la indicación directamente en la primera imagen visible, en una esquina libre y con buen contraste, pero no justo en la parte inferior ni a la derecha, ya que ahí se encuentran los botones de la plataforma.
Visible durante el tiempo suficiente
No hay un número de segundos establecido por ley, solo que debe ser claro y lo suficientemente largo como para poder leerlo. En el caso de los vídeos generados por IA que parecen totalmente reales, se recomienda añadir además una pequeña etiqueta con la duración, ya que la gente suele empezar a verlos desde la mitad.
El interruptor de la plataforma no es suficiente
La etiqueta de la plataforma y la divulgación legal son dos comprobaciones distintas. Si alguien sube el vídeo a otro sitio, la etiqueta de la plataforma desaparece, pero tu nota en la imagen permanece.
Dos vídeos sobre la aplicación práctica
El vídeo se publicará más adelante
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Configurar el etiquetado de IA de forma que cumpla con la normativa: os ayudamos a hacerlo.
¿Publicáis contenido generado por IA, creáis publicidad con IA o queréis establecer una política interna sobre IA? En una primera reunión sin compromiso, analizaremos vuestra situación concreta, sin jerga jurídica y sin prisas.
La lista de 5 preguntas: ¿Tienes que etiquetarlo?
Se ha utilizado IA en el juego, pero ¿significa eso que debes etiquetar tu contenido? Revisa estas cinco preguntas. Cuantas más veces respondas «sí», más probable es que tengas que etiquetarlo.
1. ¿Ha creado o modificado realmente el contenido la IA? ¿O solo ha prestado apoyo, por ejemplo, en el montaje o en los subtítulos?
2. ¿Se trata de una imagen, un sonido o un vídeo que pueda parecer real? Cuanto más realista sea el formato, mayor será la probabilidad de que se aplique la obligación.
3. ¿Se asemeja a personas, lugares o acontecimientos reales o verosímiles? En ese caso, nos encontramos rápidamente ante un «deepfake».
4. ¿Se trata de un texto publicado sobre un tema de interés público? Los correos internos son algo distinto a una publicación automatizada en un medio de comunicación.
5. ¿Ha habido una revisión humana real y un responsable? Solo en ese caso se aplica la excepción para los textos revisados por la redacción.
El vídeo se publicará más adelante
El cuestionario de 5 preguntas en el vídeo
Patrick Rehkatsch repasa las cinco preguntas; así podrás saber en menos de un minuto si tu contenido está sujeto a la obligación de etiquetado.
Los casos concretos suelen decidirse por los detalles. Si no estás seguro de si tu contenido está sujeto a esta obligación, analizaremos tu caso concreto.
Preguntas frecuentes sobre la obligación de etiquetado de la IA
Las obligaciones de transparencia previstas en el artículo 50 del Reglamento sobre IA entrarán en vigor a partir del 2 de agosto de 2026. Aunque el propio Reglamento ya está en vigor desde 2024, las distintas obligaciones entrarán en vigor de forma escalonada.
Es muy probable que sí, si utilizas la IA con fines profesionales. El artículo 50 distingue entre los proveedores que desarrollan IA y los operadores que la utilizan con fines profesionales. Quien utilice la IA para crear contenido en redes sociales, publicidad o textos suele considerarse un operador.
A menudo no. La indicación debe ser perceptible desde el primer contacto y no solo tras desplegar el pie de foto o en los créditos finales. Lo más seguro es incluir una etiqueta visible directamente en la imagen.
No necesariamente. La etiqueta de la plataforma y la divulgación legal son dos comprobaciones distintas. Si el vídeo se sube a otro sitio, la etiqueta de la plataforma desaparece, pero queda una nota en la imagen.
En la mayoría de los casos, no. Las tareas de edición habituales, como la corrección del color, los subtítulos o un filtro de embellecimiento, no suelen dar lugar a la obligación de etiquetado. Lo decisivo no es la herramienta, sino si el contenido puede inducir a error.
No, no de forma automática. Se ven afectados sobre todo los textos publicados que informan al público sobre temas de interés público. Además, existe una excepción en el caso de una revisión humana real con responsabilidad asignada.
Se escribe mucho sobre las multas, pero el riesgo más inmediato en la práctica es recibir una advertencia en materia de competencia por parte de competidores o asociaciones. Esto puede suponer un gasto inmediato, sin que intervenga ninguna autoridad.
No. La identificación solo cumple con la obligación de transparencia. Si muestras a una persona real, además necesitas su consentimiento y debes respetar los derechos de la personalidad y de imagen.
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