Abogado especializado en Derecho de la Competencia

ABOGADOS DE REHKATSCH

Derecho de la competencia

Publicidad que resiste el paso del tiempo. Y una defensa cuando las cosas se ponen serias.
Ya se trate de una campaña, la inauguración de una tienda, una colaboración o una carta de cese y desistimiento en tu buzón, la legislación en materia de competencia determina si tu publicidad resistirá un examen minucioso.

Para quién trabajamos

La legislación antimonopolio te afecta antes de lo que crees

En cuanto ofrezcas, anuncies o recomiendes algo, la Ley de Competencia Desleal (UWG) se aplica a ti. No importa si diriges un negocio, lanzas una colección o publicas en Instagram sobre una colaboración. Lo único que importa es que actúes con fines comerciales.

El inconveniente es que las infracciones no las sanciona un organismo público, sino los competidores y las asociaciones profesionales —de forma rápida, con un coste y con plazos muy ajustados—. Si conoces las normas, puedes evitar todo eso.

Empresas y comerciantes

Las afirmaciones publicitarias, las ofertas promocionales, las rebajas y las relaciones con la competencia: estas son las áreas en las que se emiten la mayoría de las cartas de cese y desistimiento.

Influencer y creador

Divulgaciones, colaboraciones, enlaces de afiliados, códigos de descuento. El marco jurídico en este ámbito es especialmente cambiante.

Empresas emergentes

Comunicaciones de lanzamiento, comparativas con proveedores consolidados, términos y condiciones, y la información que es obligatorio facilitar: todo ello gestionado adecuadamente desde el primer día.

Agencias

Eres responsable de las reclamaciones y campañas en nombre de tus clientes y, dependiendo de las circunstancias, también podrías incurrir en responsabilidad.

Tiendas online y comercio electrónico

Precios, políticas de cancelación, plazos de entrega, opiniones, normas de la plataforma. Los temas habituales en las cartas de cese y desistimiento.

Trabajadores autónomos y por cuenta propia

Aunque no figure en el Registro Mercantil, la Ley contra la Competencia Desleal (UWG) sigue siendo de aplicación. Tu página web, tu portafolio y tus iniciativas de desarrollo empresarial deben estar a la altura.

De segunda mano

Cuándo necesitas un abogado especializado en derecho de la competencia

El sistema de clasificación

Lo que prohíbe la UWG: los seis niveles

La UWG se basa en una disposición general del artículo 3 de la UWG y, a partir de ahí, en los elementos específicos del delito. En la práctica, casi todos los casos pueden clasificarse en una de estas seis categorías. Esta es la forma más rápida de responder a la pregunta que realmente te interesa: ¿se trata de un problema? ¿Y cuál es su alcance?

1
Artículo 3 bis de la Ley de Prácticas Comerciales Desleales

Infracción de la ley

Cualquiera que incumpla una norma que regule la conducta en el mercado también está actuando de forma desleal. Esto incluye no facilitar un aviso legal e incumplir los requisitos de etiquetado o de información.

2
§ 4 Ley de Competencia Desleal

Protección de la competencia

Desprestigio, calumnias, imitación de los productos de la competencia y obstrucción deliberada. El escenario clásico en el que la competencia se convierte en algo personal.

3
§ 4a de la Ley contra la competencia desleal (UWG)

Prácticas agresivas

Acoso, coacción e influencia indebida. Cualquier cosa que restrinja indebidamente la libertad de elección del cliente.

4
§§ 5, 5a, 5b de la Ley contra la competencia desleal (UWG)

Información engañosa

Es, con diferencia, la categoría más amplia. Se trata de declaraciones falsas sobre el precio, la disponibilidad, el origen o las características, así como de la omisión de información esencial.

5
§ 6 de la Ley de Competencia Desleal

Publicidad comparativa

Se permiten las comparaciones con la competencia, pero solo bajo condiciones estrictas. Cualquiera que incumpla estas condiciones recibirá de inmediato una carta de cese y desistimiento.

6
§§ 7 y 7a de la Ley contra la competencia desleal (UWG)

Acoso injustificado

Publicidad sin consentimiento: correo electrónico, WhatsApp, teléfono. En este ámbito se aplican requisitos estrictos en lo que respecta a la prueba y la documentación del consentimiento.

Haz que te lo revisen ahora mismo

Antes de que la campaña se ponga en marcha, no después.

Una revisión preliminar cuesta una fracción de lo que costaría una carta de cese y desistimiento. Envíanos tus reclamaciones, tu página de destino o tu acuerdo de colaboración. Te diremos sin rodeos qué aspectos son válidos y qué cambiaríamos, sin toda esa jerga jurídica.

Anexo al artículo 3, apartado 3, de la Ley de Competencia Desleal (UWG)

La lista negra: prohibido, sin excusas ni peros

El anexo del artículo 3, apartado 3, de la UWG enumera las prácticas comerciales que están siempre prohibidas cuando se dirigen a los consumidores. No se lleva a cabo una ponderación de intereses, ni se evalúa si la práctica es perceptible, ni se analiza el caso concreto. Quien llega a esta situación, por lo general, ya ha perdido el caso.

La lista se ha ampliado con el paso de los años y ahora abarca precisamente aquellas prácticas que son habituales en el marketing online. Estas son las seis con las que nos encontramos con mayor frecuencia:

N.º 23b / 23c

Reseñas falsas

Publicar opiniones o hacer que se publiquen sin que se haya realizado realmente ninguna compra. Del mismo modo: la impresión de que todas las opiniones han sido verificadas.

N.º 5

Publicidad engañosa

Anunciar una oferta de la que ni siquiera hay existencias suficientes. Un problema recurrente con los artículos promocionales.

N.º 7

Escasez artificial

Contadores de cuenta atrás y frases del tipo «solo hoy», incluso cuando la oferta es válida de forma indefinida.

N.º 11

Publicidad encubierta

Contenido patrocinado que parece contenido editorial o una recomendación personal.

N.º 20

«Gratis», pero con una trampa

Anunciar una oferta como gratuita aunque conlleve gastos, incluidos los ocultos o indirectos.

N.º 23d

Doble calidad

Productos con un envase idéntico pero con composiciones diferentes en distintos mercados.

Práctica

Por qué nuestros clientes acuden a nosotros

Hay cuatro categorías que abarcan la mayoría de los casos. Casi todas las consultas pueden clasificarse en una de ellas y, en la mayoría de los casos, dos de ellas están relacionadas.

Publicidad y reclamaciones

  • Afirmaciones publicitarias engañosas
  • Publicidad comparativa
  • Afirmaciones sobre sostenibilidad y cambio climático
  • Información sobre precios y promociones con descuentos
  • Publicidad con afirmaciones que se dan por sentadas
  • Testimonios y resultados de pruebas

Opiniones y reputación

  • Reseñas pagadas y falsas
  • Reseñas negativas de la competencia
  • Difamación selectiva
  • Desprestigio competitivo
  • Eliminación de reseñas inapropiadas

Tiendas y plataforma

  • Términos y condiciones no válidos
  • Derecho de desistimiento
  • Aviso legal e información obligatoria
  • Plazos de entrega, precios y gastos de envío
  • Amazon, eBay, Shopify, etc.
  • Falsificación de productos

Redes sociales y colaboraciones

  • Aviso sobre publicidad
  • Publicidad encubierta
  • Enlaces de afiliados y códigos de descuento
  • Colocación de productos
  • Uso de marcas registradas de terceros
  • Publicidad por palabras clave
¡PONTE EN CONTACTO CON NOSOTROS YA!

Consecuencias jurídicas

¿Qué pasa cuando las cosas se ponen serias?

Una infracción de la legislación sobre competencia desencadena una serie de acontecimientos. Todo ocurre con rapidez y, por lo general, se desarrolla en este orden. Si das el primer paso correctamente, a menudo podrás evitar los siguientes.

1

Carta de advertencia

El contacto inicial. Este va acompañado de un plazo —que suele ser muy breve— y de una carta de cese y desistimiento ya redactada. No se debe aceptar ninguno de los dos sin antes revisarlos detenidamente.

2

Carta de cese y desistimiento

Este es el paso más decisivo de todos. Quien firma el documento adjunto suele comprometerse de por vida —y, por lo general, durante más tiempo del que dura la propia infracción—.

3

Indemnización contractual

Se aplicará en cuanto vuelvas a infringir las normas, incluso si ocurre de forma accidental o si una publicación antigua sigue estando en línea en algún sitio.

4

Orden de alejamiento provisional

Se dicta sin audiencia y es inmediatamente ejecutable. Cada hora cuenta desde el momento en que se notifica; en este caso, la rapidez de la respuesta determina el resultado.

5

Daños e información

Al final de la cadena. Cualquier persona que actúe con negligencia es responsable de los daños y perjuicios y debe revelar el alcance de la infracción.

6

¿Y si eres tú quien quiere pasar a la acción?

Esta misma cadena de acontecimientos también juega a tu favor. Además, representamos a empresas y titulares de derechos que desean poner fin a una infracción.

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Elige la opción que más te convenga; nos pondremos en contacto contigo lo antes posible.

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Disponible directamente de lunes a viernes

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Cómo trabajamos

Tres pasos, sin jerga burocrática

1

Hechos del caso

Envíanos lo que tengas: una carta de cese y desistimiento, una captura de pantalla, una reclamación o un contrato. Basta con una breve llamada telefónica para ponerlo todo en marcha.

2

Evaluación

Te explicaremos la situación con claridad, te informaremos de los plazos que se avecinan y te expondremos las opciones realistas de las que dispones.

3

Comercio

La defensa, una carta de cese y desistimiento modificada, emprender acciones contra el competidor o un examen preliminar exhaustivo.

Preguntas frecuentes sobre la legislación en materia de competencia

La legislación en materia de competencia regula la forma en que puedes actuar en el mercado frente a clientes y competidores. La legislación clave es la Ley de Competencia Desleal (UWG). Se aplica en cuanto se realizan actividades comerciales, independientemente de la forma jurídica, el tamaño o los ingresos de la empresa. Un creador que participe en colaboraciones está sujeto a estas normas en la misma medida que un comercio minorista.

Tres cosas, en este orden: toma nota de la fecha límite, no firmes nada y haz que un abogado lo revise. La carta de cese y desistimiento adjunta ha sido redactada por la parte contraria y suele tener un alcance más amplio de lo que justifica la acusación en sí. Sin embargo, ignorarla es la peor opción, ya que suele ir seguida de una medida cautelar.

En principio, sí. El artículo 6 de la Ley alemana contra la competencia desleal (UWG) permite la publicidad comparativa, pero la somete a una serie de condiciones: la comparación debe ser objetivamente verificable, referirse a características esenciales y típicas, y no debe menospreciar al competidor ni aprovecharse de su reputación. El margen de maniobra es más estrecho de lo que la mayoría de la gente supone; veamos la afirmación concreta.

Las afirmaciones publicitarias relacionadas con el medio ambiente están sujetas a requisitos estrictos en cuanto a claridad y verificabilidad. Los términos vagos utilizados sin explicación son especialmente susceptibles de ser cuestionados, y el marco jurídico europeo en este ámbito se está endureciendo considerablemente en la actualidad. Quien haga este tipo de afirmaciones debería poder justificarlas, incluso antes de que nadie se lo pida.

Por regla general, sí. El factor clave es si la publicación tiene una finalidad comercial y si dicha finalidad resulta evidente para el espectador a primera vista. La contraprestación no tiene por qué ser necesariamente monetaria: también se consideran como tales los productos, viajes o descuentos ofrecidos a cambio. La forma y el lugar en que se divulgue esta información dependen del formato.

Bastantes. Las reseñas falsas y el uso engañoso de las reseñas figuran explícitamente en la lista negra de la Ley contra la Competencia Desleal (UWG), lo que significa que están prohibidas per se. Si detrás de ellas se encuentra un competidor, también pueden aplicarse reclamaciones adicionales por difamación y obstrucción intencionada. Al mismo tiempo, a menudo es posible emprender acciones directas contra la propia plataforma.

Sí, siempre que seas un competidor en el sentido de la Ley contra la Competencia Desleal (UWG) y que la infracción se haya producido realmente. No obstante, la carta de cese y desistimiento debe cumplir ciertos requisitos sustantivos; de lo contrario, tu reclamación de reembolso de las costas no será válida, o podrías enfrentarte a una contrademanda por haber emitido una advertencia injustificada en relación con los derechos de propiedad intelectual. Analizaremos el asunto con antelación para determinar si le conviene seguir este procedimiento.

Eso depende del valor objeto de litigio, que viene determinado por el interés económico que está en juego al solicitar una medida cautelar. Además, dependiendo de cómo se desarrolle el caso, pueden aplicarse sanciones contractuales, costas judiciales e indemnizaciones por daños y perjuicios. El margen es amplio, por lo que conviene obtener una valoración temprana. Durante la consulta inicial, le indicaremos qué importe puede esperar de forma realista.

Más información sobre la legislación en materia de competencia:

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