Remuneración adecuada en derechos de autor: tus derechos según los §§ 32 y 32a UrhG
Has creado una obra.
Ahora asegúrate de que te paguen lo que te corresponde.
Por qué este tema es fundamental para ti
Has creado una obra. Quizá una foto, un diseño, una canción, un vídeo o contenido para las redes sociales. Has recibido una remuneración por ello: quizá 200 €, quizá 1.000 €, quizá incluso más. En ese momento, a menudo parece que todo está bien.
Sin embargo, hay algo que muchos creativos subestiman:
el verdadero valor económico de una obra suele revelarse más tarde.
De repente, una foto se utiliza en una gran campaña.
De pronto, una canción se reproduce millones de veces.
Un vídeo se vuelve viral.
Un diseño se convierte en una marca.
Y es precisamente en ese momento cuando surge el problema:
la remuneración acordada inicialmente ya no guarda proporción alguna con el uso real y el éxito económico.
Los derechos de autor reconocen este problema y lo resuelven deliberadamente a favor de los autores.

Los artículos 32 y 32a de la Ley de Propiedad Intelectual (UrhG) garantizan que no trabajes de forma permanente por debajo de tu valor. En este ámbito, llegan incluso a romper con la clásica libertad contractual. Esto significa que, aunque hayas firmado un contrato, puedes exigir posteriormente un ajuste.
No se trata de un caso excepcional, sino de un elemento fundamental del sistema.
Al mismo tiempo, este tema no afecta solo a los creativos. Las empresas, agencias, sellos discográficos y plataformas también deben abordarlo. Quien estructure mal los modelos de remuneración corre el riesgo de enfrentarse, años más tarde, a reclamaciones de pago adicionales considerables.
¿Qué significa concretamente «remuneración adecuada»?
El concepto de «remuneración adecuada» es el eje central.
La ley lo formula deliberadamente de forma abierta:
una remuneración es adecuada cuando, en el momento de la celebración del contrato, se corresponde con lo que se suele pagar en el tráfico comercial, teniendo en cuenta todas las circunstancias. Esto puede parecer abstracto, pero en la práctica resulta fácil de aplicar.
Son decisivos, en particular, los siguientes factores:
Tipo de obra
¿Qué tipo de obra se creó?
Derechos de uso
¿Qué derechos de uso se han concedido?
Vida útil
¿Durante cuánto tiempo se puede utilizar la obra?
Ámbito geográfico
¿En qué medida se utiliza?
Importancia económica
¿Qué importancia económica tiene la planta?
prácticas habituales del sector
¿Qué es lo habitual en el sector?
Los tribunales suelen basarse en comparaciones concretas con el mercado. Analizan lo que han recibido otros autores en situaciones similares.
Es importante destacar que no se trata de una remuneración «más o menos justa», sino de una participación objetivamente adecuada.
Por qué tu consentimiento no importa
Un aspecto fundamental que muchos subestiman:
Tu consentimiento no hace que una remuneración inadecuada sea válida automáticamente.
La ley de derechos de autor te protege deliberadamente incluso de tus propias decisiones contractuales, si estas dan lugar a un desequilibrio estructural.
En concreto, esto significa que
puedes haber firmado un acuerdo y, aun así, exigir más posteriormente.
Tu equipo de abogados para cualquier consulta sobre la remuneración adecuada.
La abogada
Juliette Sarvan de Castro
Abogado
Patrick Rehkatsch
«Experiencia. Visión estratégica. Determina.
Resolvemos vuestros retos jurídicos».
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Patrick Rehkatsch
«Con experiencia. Estratégicos. Decididos.
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Situaciones típicas en las que las remuneraciones son demasiado bajas
En la práctica, se observan una y otra vez patrones similares.
Contratos de compra total
Recibes un pago único y cedes derechos de uso exhaustivos. A primera vista, esto parece sencillo y claro. En realidad, esto suele significar que quedas totalmente al margen del éxito económico posterior.
Esto resulta especialmente problemático en el caso de los contenidos digitales, ya que el uso y el alcance suelen desarrollarse con el paso del tiempo.
Remuneraciones a tanto alzado sin ajuste
Se acuerda una cantidad fija, independientemente de la intensidad con la que se utilice posteriormente la obra.
Esto puede funcionar en proyectos pequeños, pero se vuelve problemático en cuanto se amplía el uso.
Cláusulas de «todos los derechos reservados»
Son muy habituales expresiones como «todos los tipos de uso, conocidos y desconocidos, sin límite temporal ni espacial».
No son nulas automáticamente, pero a menudo hacen que la remuneración deje de ser adecuada.
Redes sociales y economía de plataformas
Precisamente en plataformas como YouTube, TikTok, Instagram o el streaming se alcanzan alcances enormes, a menudo a partir de contenidos que, en un principio, recibían una remuneración muy baja.
En este ámbito, existe una gran disparidad entre el uso y la remuneración.
Ejemplo concreto
Un fotógrafo vende una fotografía por 300 €.
Posteriormente, la empresa utiliza esa fotografía en campañas de marketing en toda Europa durante varios años.
En un caso así, se suele llegar a la conclusión de que la remuneración inicial no era adecuada.
Artículo 32 de la Ley de Propiedad Intelectual (UrhG): remuneración al celebrar el contrato
El artículo 32 de la Ley de Propiedad Intelectual (UrhG) se aplica desde el principio. Se aplica cuando la remuneración ya era desproporcionada en el momento de la celebración del contrato.
Contenido de la reclamación
Puedes solicitar:
- La adaptación del contrato
- El pago de una remuneración adecuada
- El pago retroactivo de la diferencia
Criterio de evaluación
Los tribunales examinan, en particular:
- Condiciones de mercado
- las normas del sector
- Alcance de las posibilidades de uso
- la importancia económica
Importancia práctica
El derecho previsto en el artículo 32 de la Ley de Propiedad Intelectual (UrhG) surge, en principio, una sola vez: concretamente, en el momento de la celebración del contrato.
Esto significa que, si la remuneración era demasiado baja en ese momento, puedes corregirla a posteriori.
Artículo 32a de la Ley de Propiedad Intelectual (UrhG): el «párrafo de los best-sellers»
El artículo 32a de la Ley de Propiedad Intelectual (UrhG) se aplica cuando el éxito económico de una obra no se produce hasta más adelante. Por ello,
constituye uno de los mecanismos de protección más importantes del derecho de autor.
Requisitos
Se tiene derecho a ello cuando:
- tu remuneración
- presenta una desproporción evidente
- con los ingresos y beneficios derivados de su uso
Características especiales
- No importa si el éxito era previsible
- La reclamación también puede dirigirse contra terceros
- La reclamación puede surgir en varias ocasiones
Ejemplos
- Una canción recibe al principio una valoración normal, pero más tarde se vuelve viral.
- Una película se convierte, al cabo de los años, en un clásico de culto.
- Un vídeo en las redes sociales alcanza de repente un alcance de millones.
Diferencia entre el artículo 32 y el artículo 32a
Artículo 32 de la Ley de Propiedad Intelectual (UrhG)
- comprueba la remuneración al formalizar el contrato
- protege contra la remuneración inicial inferior a la adecuada
Artículo 32a de la Ley de Propiedad Intelectual (UrhG)
- comprueba la remuneración al formalizar el contrato
- protege contra la remuneración insuficiente inicial
Ambas normativas se complementan y, juntas, conforman un sólido sistema de protección.
¿Te ves reflejado en esto?
Si tienes la impresión de que tu remuneración no fue adecuada, deberías hacer que revisen tu situación.
Así es como defendemos tus derechos
Proceso estructurado — a menudo mediante una demanda por etapas.
Información
¿Cómo se ha utilizado tu obra?
Contabilidad
Divulgación de los ingresos
Valoración
¿Existe una situación de desproporción?
Aplicación
Negociación → Mediación → Demanda
Esto es lo que dicen nuestros clientes
REHKATSCH ABOGADOS
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FrankTrustindex überprüft, ob die Originalquelle der Bewertung Google ist.
Ich habe die Kanzlei Rehkatsch beauftragt, nachdem ich wegen einer ehrlichen Google-Rezension über die Behandlung meiner mittlerweile verstorbenen Katze massiv unter Druck gesetzt wurde. Die Gegenseite hatte sogar einen Antrag auf Unterlassung (einstweilige Verfügung) beim Landgericht Köln eingereicht, um meine Bewertung löschen zu lassen. Die Kanzlei hat mich fachlich brillant und menschlich empathisch vertreten. Das Ergebnis spricht für sich: Die Gegenseite musste ihren Antrag vor dem Landgericht Köln zurückziehen und übernimmt nun sämtliche Kosten. Gerechtigkeit siegt am Ende eben doch, wenn man bei der Wahrheit bleibt und die richtigen Experten an seiner Seite hat. Da meine Rezension den Tatsachen entspricht, wurde sie als rechtmäßig bestätigt und bleibt online. Ich kann diese Kanzlei uneingeschränkt jedem empfehlen, der sich gegen unberechtigte Abmahnungen zur Wehr setzen will. Herzlichen Dank für die großartige Arbeit!Gepostet auf Google![]()
Reiner DingesTrustindex überprüft, ob die Originalquelle der Bewertung Google ist.
Mein Eindruck: 5 Sterne werden der Betreuung und Information voll gerecht. Mit kompetenter und professionellen Handhabung meiner Markenschutz Anliegen wurde ich bestens begleitet. Immer erreichbar und individuell angepasst an die Sachlage, bin ich sicher, eine perfekte Kanzlei für mein Anliegen gefunden zu haben.Gepostet auf Google![]()
Sport-Studio Aggertal - Fitness in LohmarTrustindex überprüft, ob die Originalquelle der Bewertung Google ist.
Danke für die schnelle Unterstützung! Super freundliches Team!Gepostet auf Google![]()
Jörg KrusekampTrustindex überprüft, ob die Originalquelle der Bewertung Google ist.
Top Beratung, Sehr kompetentGepostet auf Google![]()
Malte M.Trustindex überprüft, ob die Originalquelle der Bewertung Google ist.
Wirklich eine sehr kompetente, freundliche und ausdrücklich einfühlsame Unterstützung, die mir hier zuteil wurde. Zudem eine zügige und unkomplizierte Kommunikation. Ein herzliches Dankeschön an alle Beteiligten!Gepostet auf Google![]()
Christiane AltenbeckTrustindex überprüft, ob die Originalquelle der Bewertung Google ist.
Mir wurde sehr sehr gut weiter geholfen. Daumen hoch!Gepostet auf Google![]()
Patrick BaumfalkTrustindex überprüft, ob die Originalquelle der Bewertung Google ist.
Ich bin selbst Rechtsanwalt und habe Herrn Rehkatsch bereits mehrfach Mandanten vermittelt. Die Rückmeldungen waren durchweg positiv: kompetent, engagiert und lösungsorientiert. Auch im kollegialen Austausch stets verlässlich, professionell und fair. So wünscht man sich die Zusammenarbeit unter Kollegen – klare Empfehlung!Gepostet auf Google![]()
Dennis BastovaniTrustindex überprüft, ob die Originalquelle der Bewertung Google ist.
Ich hatte eine ausgezeichnete Erfahrung mit dieser Kanzlei. Das Team ist äußerst organisiert, freundlich und verfügt über tiefgehendes Fachwissen im Bereich Musikrecht. Sie nehmen sich die Zeit, das Anliegen und die individuellen Bedürfnisse ihrer Mandanten genau zu verstehen und bieten kompetente, maßgeschneiderte Beratung. Die Kommunikation war stets klar und professionell. Wer eine zuverlässige und engagierte Anwaltskanzlei im Musikrecht sucht, ist hier in den besten Händen. Absolut empfehlenswert!Gepostet auf Google![]()
FarazTrustindex überprüft, ob die Originalquelle der Bewertung Google ist.
Sehr kompetent, hilfsbereit und auch immer erreichbar. Vor allem sehr freundlich!Gepostet auf Google![]()
MAK ManagementTrustindex überprüft, ob die Originalquelle der Bewertung Google ist.
Super Anwalt!
para que te ayude a obtener una indemnización adecuada
