Derecho de prensa
Derecho a la propia imagen en Alemania (§§ 22, 23 KUG) – Abogado para derechos de imagen
Tu cara, tu decisión. Tanto si tu foto aparece en Internet sin tu permiso como si quieres publicar tú mismo imágenes, nos encargamos de que estés a salvo.
Resumen
Tres preguntas son decisivas en casi todos los casos
Pocas áreas del derecho de los medios de comunicación afectan a tanta gente como el derecho a la propia imagen. Este derecho determina si se puede difundir una foto tuya y si puedes publicar imágenes de otras personas sin correr el riesgo de meterte en problemas. Esto se regula en la Ley de Derechos de Autor de Obras Artísticas (KUG), concretamente en los artículos 22 y 23 de la KUG. Estos dos artículos tienen más de cien años y, sin embargo, siguen siendo de gran actualidad: se aplican tanto a la foto de vacaciones en Instagram como a la imagen tomada con un dron sobre la propiedad del vecino.
En esencia, casi cualquier caso se puede resolver con tres preguntas:
1. ¿Se trata realmente de una «imagen»? Es decir: ¿aparece una persona de forma reconocible?
2. ¿Existe un consentimiento válido? La regla básica del artículo 22 de la KUG es: sin consentimiento, no hay publicación.
3. ¿Se aplica, excepcionalmente, alguna excepción legal? El artículo 23 de la KUG permite determinadas publicaciones incluso sin consentimiento.
Parece sencillo, pero en la práctica rara vez lo es. Los tribunales se pronuncian a diario precisamente sobre estas tres cuestiones, y ahí es precisamente donde entramos nosotros.
Pregunta 1
¿Cuándo se puede considerar realmente que se trata de una «imagen»?
Un retrato es la representación reconocible de una persona, y el concepto de «reconocible» abarca más de lo que la mayoría cree. No solo depende del rostro: también pueden bastar una postura característica, un peinado llamativo, la voz o el contexto. Ni siquiera las barras que ocultan los ojos, el pixelado o los recortes pequeños de la imagen eliminan automáticamente la reconocibilidad.
El tema se vuelve especialmente interesante en el caso de los dobles y los imitadores. Si una persona famosa es imitada por alguien de aspecto similar, esto puede vulnerar su derecho a la propia imagen, concretamente cuando se da la impresión de que se trata de la persona real. El Tribunal Federal Supremo alemán ha abordado este tema, entre otros casos, en relación con un «espectáculo homenaje» dedicado a Tina Turner y con la recreación de una pose de Marlene Dietrich en «El ángel azul». Donde se traza la línea divisoria entre el homenaje permitido y la apropiación indebida es una cuestión que se decide caso por caso —y a menudo constituye el punto decisivo en la controversia—.
Si la reconocibilidad brilla por su ausencia, la Ley de Derechos de Imagen (KUG) no es de aplicación. No obstante, el derecho general de la personalidad puede seguir ofreciendo protección, por ejemplo, en el caso de fotografías de desnudos que, aunque sean anónimas, suponen una intromisión muy grave.

Pregunta 2 · Artículo 22 de la KUG
La regla básica: sin consentimiento, no hay nada que hacer
La norma básica del artículo 22 de la Ley alemana sobre derechos de imagen (KUG) es estricta y, para muchos, sorprendente: una imagen solo puede difundirse o exhibirse públicamente con el consentimiento de la persona retratada. Quien publique una foto, la incluya en un folleto de la empresa o la comparta en un grupo de WhatsApp, necesita, en caso de duda, el consentimiento de la persona retratada.
Este consentimiento puede otorgarse de forma expresa o tácita, pero atención: el mero hecho de que alguien mire a la cámara o se deje fotografiar en un evento no significa en absoluto que dé su consentimiento para cualquier uso posterior. Lo decisivo es la finalidad para la que se concedió el consentimiento. Quien autorice el uso de la foto para un artículo de periódico no ha dado su consentimiento para una campaña publicitaria. Esta limitación de la finalidad es, en la práctica, el motivo de controversia más frecuente.
Hay tres aspectos que suelen subestimarse
- Alcance:
En caso de duda, el consentimiento solo cubre lo que sea necesario para la finalidad acordada, no el siguiente canal ni la siguiente campaña.
- Derecho de desistimiento:
En determinadas circunstancias, el consentimiento puede revocarse. En el caso de las imágenes íntimas, suele limitarse a la duración de la relación: si esta finaliza, normalmente también lo hace el derecho a conservar o utilizar las imágenes.
- Menores de edad:
En el caso de los niños y los adolescentes se aplican normas especiales; en algunos casos, es necesario el consentimiento de ambos progenitores y del propio menor, siempre que tenga capacidad de discernimiento.
Aunque el consentimiento por escrito no es obligatorio, sí es muy recomendable por motivos probatorios. Un consentimiento redactado con claridad evita costosos litigios posteriores.
¿No estás seguro de si un consentimiento es válido?
Analizamos tu caso, antes de que se publique una foto en Internet o surjan problemas.
Pregunta 3 · Artículo 23, apartado 1, de la KUG
Cuándo no es necesario el consentimiento
El artículo 23 de la KUG es la contrapartida a la estricta norma del consentimiento. Establece cuatro casos en los que se permite la publicación de retratos incluso sin consentimiento:
– Imágenes del ámbito de la historia contemporánea
– Imágenes en las que las personas aparecen únicamente como elemento secundario junto a un paisaje
– Imágenes de concentraciones, desfiles y actos similares
– Imágenes que respondan a un interés superior del arte
El caso, con diferencia, más importante es el de la historia contemporánea. Durante mucho tiempo, la jurisprudencia distinguió entre figuras «absolutas» y «relativas» de la historia contemporánea. Desde las sentencias del caso Caroline del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal Federal Supremo, esta distinción ya no se aplica de forma rígida: hoy en día se tiene en cuenta una ponderación caso por caso. La simple condición de persona famosa no basta: lo que importa es si la información contribuye a una cuestión de interés general.
En concreto, esto significa que se puede informar ampliamente sobre la actividad profesional de los políticos, pero no sobre su visita privada a la peluquería o su paseo por la playa. Incluso las personas famosas conservan cierta privacidad en la esfera pública. Cuando el interés público por la información es elevado, la protección de la intimidad pasa a un segundo plano, y viceversa. Esta ponderación es el núcleo de casi todas las controversias en torno a una fotografía publicada.
Artículo 23, apartado 2, de la KUG
El límite: los intereses legítimos
Incluso cuando se aplica una excepción, no todo está permitido. El artículo 23, apartado 2, de la KUG traza la línea roja: si la publicación afecta a un interés legítimo de la persona retratada, sigue siendo ilícita. Aquí es donde se desbarata algún caso que, en un principio, parecía lícito.
Ejemplos de la jurisprudencia: si la foto de una persona famosa se utiliza únicamente como cebo para atraer clics —el llamado «clickbaiting»—, aunque el contenido de la publicación no tenga nada que ver con ella, ello es ilícito. Tampoco se pueden utilizar las fotos de perfil para poner a las personas en la picota en Internet. Y ni siquiera una cobertura informativa, en sí misma lícita, puede invadir la intimidad o la esfera privada solo para satisfacer la curiosidad de los lectores.
En resumen: cuanto menor sea el valor informativo real y cuanto mayor sea la intromisión, más prevalecerá tu derecho a la intimidad.
Actualidad
Temas de actualidad en el ámbito digital
Los artículos 22 y 23 de la KUG datan de 1907; las cuestiones que deben resolver hoy en día son de gran actualidad.
Redes sociales
Quien sube una foto a Facebook o Instagram no da su consentimiento para que se difunda fuera de la red. Compartirla en un contexto totalmente diferente puede constituir una infracción en sí misma.
Cine y vídeo
Un dron puede grabar sin entrar en una propiedad. Si graba desde el jardín del vecino o capta imágenes de personas, esto puede suponer una grave vulneración de los derechos de la personalidad.
Grabaciones clandestinas
Si se toma una fotografía o se graba un vídeo sin el conocimiento de los afectados, la infracción es mucho más grave, con las consecuencias que ello conlleva en cuanto a la obligación de cesar en la actividad y al pago de una indemnización.
Archivos en línea y el «derecho al olvido»
Los informes antiguos que en su momento eran legítimos suelen poder permanecer en línea. Sin embargo, el Tribunal Constitucional Federal exige que la intervención pueda justificarse en todo momento; tras varios años, puede surgir el derecho a que el propio nombre deje de aparecer en los resultados de búsqueda.
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Temas de actualidad en el ámbito digital
Los artículos 22 y 23 de la KUG datan del año 1907; sin embargo, las cuestiones que deben resolver hoy en día son de gran actualidad.
Aparecerás en la foto
¿Tu foto aparece en Internet, en un periódico o en un anuncio sin tu permiso? En ese caso, se trata de una acción de cesación, de supresión y, en su caso, de una indemnización económica. La rapidez es fundamental: precisamente en Internet, una imagen se difunde en cuestión de horas.
Publicas fotos
Ya seas fotógrafo, agencia, editorial, empresa o artista, quieres trabajar con seguridad jurídica: desde el consentimiento válido (autorización de modelo) hasta las fotos de los empleados, pasando por la cuestión de cuándo puedes acogerte a una excepción. Evitamos las advertencias legales antes de que se produzcan.
Precisamente en nuestros ámbitos de especialización —medios de comunicación, moda, entretenimiento y música—, la cuestión del derecho a la imagen suele ser decisiva para el éxito de campañas enteras. Como abogados especializados en el derecho a la imagen, lo tenemos en cuenta desde el principio.
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¿Qué hacer?
Me he lesionado, ¿y ahora qué?
Si se vulnera tu derecho a la propia imagen, tienes derecho a varias reclamaciones que pueden combinarse:
- Omisión:
Se detendrá la publicación y no se permitirá que se repita; a menudo mediante una advertencia y, en casos de urgencia, mediante una orden judicial provisional.
- Eliminación / Borrado:
Hay que eliminar la imagen: de los medios impresos, de la página web, de las redes sociales y, si procede, también de los resultados de los motores de búsqueda.
- Indemnización económica:
En caso de injerencias graves —por ejemplo, en el caso de grabaciones íntimas o especialmente humillantes—, se puede considerar la posibilidad de una indemnización económica.
- Indemnización por daños y perjuicios:
Si tu imagen se utiliza con fines comerciales, puedes participar en los ingresos (palabra clave: canon ficticio).
La opción más adecuada y la cuantía de las indemnizaciones dependen en gran medida de cada caso concreto: de la gravedad de la intervención, del alcance y de la responsabilidad. Eso es precisamente lo que aclaramos en la primera entrevista, antes de poner nada en marcha.
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Los artículos 22 y 23 de la KUG datan del año 1907; sin embargo, las cuestiones que deben resolver hoy en día son de gran actualidad.
Paso
De qué se trata
Orientación
Primera entrevista
Evaluación de tu caso y estrategia
sin compromiso
Advertencia
Exigir el cese y la supresión de forma extrajudicial
según la RVG / valor del objeto del litigio
Medida cautelar
medida judicial urgente en caso de urgencia
según la RVG / valor del objeto del litigio
En lugar de una tabla de tarifas fijas, que de todos modos rara vez se ajusta a cada caso, analizamos tu situación concreta de forma transparente y antes de que se generen gastos.

«En lo que respecta al derecho a la propia imagen, a menudo todo se decide en cuestión de días, a veces incluso de horas. Analizamos tu caso de inmediato y te explicamos con claridad qué es posible y qué no».
Patrick Rehkatsch
Abogado · Derecho a la propia imagen y derecho de prensa · REHKATSCH Abogados
Esto es lo que dicen nuestros clientes
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FrankTrustindex überprüft, ob die Originalquelle der Bewertung Google ist.
Ich habe die Kanzlei Rehkatsch beauftragt, nachdem ich wegen einer ehrlichen Google-Rezension über die Behandlung meiner mittlerweile verstorbenen Katze massiv unter Druck gesetzt wurde. Die Gegenseite hatte sogar einen Antrag auf Unterlassung (einstweilige Verfügung) beim Landgericht Köln eingereicht, um meine Bewertung löschen zu lassen. Die Kanzlei hat mich fachlich brillant und menschlich empathisch vertreten. Das Ergebnis spricht für sich: Die Gegenseite musste ihren Antrag vor dem Landgericht Köln zurückziehen und übernimmt nun sämtliche Kosten. Gerechtigkeit siegt am Ende eben doch, wenn man bei der Wahrheit bleibt und die richtigen Experten an seiner Seite hat. Da meine Rezension den Tatsachen entspricht, wurde sie als rechtmäßig bestätigt und bleibt online. Ich kann diese Kanzlei uneingeschränkt jedem empfehlen, der sich gegen unberechtigte Abmahnungen zur Wehr setzen will. Herzlichen Dank für die großartige Arbeit!Gepostet auf Google![]()
Reiner DingesTrustindex überprüft, ob die Originalquelle der Bewertung Google ist.
Mein Eindruck: 5 Sterne werden der Betreuung und Information voll gerecht. Mit kompetenter und professionellen Handhabung meiner Markenschutz Anliegen wurde ich bestens begleitet. Immer erreichbar und individuell angepasst an die Sachlage, bin ich sicher, eine perfekte Kanzlei für mein Anliegen gefunden zu haben.Gepostet auf Google![]()
Sport-Studio Aggertal - Fitness in LohmarTrustindex überprüft, ob die Originalquelle der Bewertung Google ist.
Danke für die schnelle Unterstützung! Super freundliches Team!Gepostet auf Google![]()
Jörg KrusekampTrustindex überprüft, ob die Originalquelle der Bewertung Google ist.
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Malte M.Trustindex überprüft, ob die Originalquelle der Bewertung Google ist.
Wirklich eine sehr kompetente, freundliche und ausdrücklich einfühlsame Unterstützung, die mir hier zuteil wurde. Zudem eine zügige und unkomplizierte Kommunikation. Ein herzliches Dankeschön an alle Beteiligten!Gepostet auf Google![]()
Christiane AltenbeckTrustindex überprüft, ob die Originalquelle der Bewertung Google ist.
Mir wurde sehr sehr gut weiter geholfen. Daumen hoch!Gepostet auf Google![]()
Patrick BaumfalkTrustindex überprüft, ob die Originalquelle der Bewertung Google ist.
Ich bin selbst Rechtsanwalt und habe Herrn Rehkatsch bereits mehrfach Mandanten vermittelt. Die Rückmeldungen waren durchweg positiv: kompetent, engagiert und lösungsorientiert. Auch im kollegialen Austausch stets verlässlich, professionell und fair. So wünscht man sich die Zusammenarbeit unter Kollegen – klare Empfehlung!Gepostet auf Google![]()
Dennis BastovaniTrustindex überprüft, ob die Originalquelle der Bewertung Google ist.
Ich hatte eine ausgezeichnete Erfahrung mit dieser Kanzlei. Das Team ist äußerst organisiert, freundlich und verfügt über tiefgehendes Fachwissen im Bereich Musikrecht. Sie nehmen sich die Zeit, das Anliegen und die individuellen Bedürfnisse ihrer Mandanten genau zu verstehen und bieten kompetente, maßgeschneiderte Beratung. Die Kommunikation war stets klar und professionell. Wer eine zuverlässige und engagierte Anwaltskanzlei im Musikrecht sucht, ist hier in den besten Händen. Absolut empfehlenswert!Gepostet auf Google![]()
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Sehr kompetent, hilfsbereit und auch immer erreichbar. Vor allem sehr freundlich!Gepostet auf Google![]()
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Super Anwalt!
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes sobre el derecho a la propia imagen
Han publicado mi foto sin mi permiso, ¿qué puedo hacer?
Puedes exigir la eliminación y la cesación; en caso de infracciones graves, también una indemnización económica. Precisamente en Internet, la rapidez es fundamental. Consigue pruebas fehacientes (capturas de pantalla con fecha) y ponte en contacto con nosotros cuanto antes: en la primera consulta te indicaremos cuál es la mejor estrategia para tu caso.
¿Puede mi empresa seguir utilizando mi foto en su página web tras mi despido?
No necesariamente. Que un consentimiento otorgado en su momento siga vigente más allá de la relación laboral depende de su redacción y de las circunstancias. A menudo puedes solicitar que se prohíba su uso posterior. No hay una respuesta general para esto: analizaremos cada caso concreto.
¿Puedo hacer fotos a desconocidos en la calle y publicarlas?
La creación y la publicación son dos cuestiones distintas. Para la publicación se aplica la norma básica del artículo 22 de la KUG: en principio, no es posible sin consentimiento, salvo que se aplique una excepción prevista en el artículo 23 de la KUG (por ejemplo, obra derivada o recopilación). En caso de duda, es mejor aclararlo de antemano que recibir una advertencia más adelante.
¿Qué significa «personalidad de la historia contemporánea»?
Este término se refiere a personas o acontecimientos sobre los que existe un interés legítimo de la opinión pública. La antigua clasificación rígida entre personas «absolutas» y «relativas» de la historia contemporánea ya no es válida en la actualidad; lo decisivo es evaluar cada caso concreto.
¿Se aplica la Ley alemana sobre derechos de autor (KUG) o el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) a las fotografías?
Ambos pueden influir. Para fines periodísticos, artísticos y similares, la Ley de Derechos de Autor (KUG) sigue siendo determinante; además, puede aplicarse la legislación en materia de protección de datos. Te responderemos de forma específica cuáles son las normas que prevalecen en tu caso concreto.
¿Puedo revocar un consentimiento que ya he dado?
En determinadas circunstancias, sí; por ejemplo, si existe una razón de peso o un cambio en las circunstancias. En el caso de las imágenes íntimas, el derecho de explotación suele extinguirse al finalizar la relación. Los detalles son los que determinan el éxito o el fracaso.
¿Cuánto cuesta emprender acciones legales contra la publicación de una imagen?
Los costes se rigen por la Ley de Honorarios de Abogados (RVG) y el valor del objeto del litigio. En el caso de una advertencia justificada, suelen correr a cargo de la parte contraria. Analizamos los términos de forma transparente antes de que se generen gastos.
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El consentimiento para el uso de imágenes entre la KUG y el RGPD: desde la incorporación hasta la rescisión del contrato.
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